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MINI Leasing.

Una de las formas más convenientes de adquirir tu MINI.

LEASING PERSONA JURÍDICA.

De la mano de nuestro aliado The Capita Corporation - Banco Comafi, en MINI Financial Services te ofrecemos esta alternativa de financiación para adquirir tu MINI, de la manera más fácil.

MINI Leasing, es la mejor alternativa para la adquisición o renovación de la flota de automóviles de tu empresa.

Se trata de un contrato que otorga el uso de los vehículos por un plazo determinado, con la opción de comprar o renovar dichos bienes a su finalización.

VENTAJAS

  • Financias el 100% del valor del vehículo, incluyendo los gastos de adquisición
  • Plazos de 36 a 48 meses
  • Opción de compra a tu medida
  • Podes optar entre una tasa fija o variable
  • Beneficios impositivos en IVA e IG
Leasing Persona Juridica

LEASING PERSONA FÍSICA

De la mano de nuestro aliado The Capita Corporation - Banco Comafi, en MINI Financial Services te ofrecemos esta alternativa de financiación para adquirir tu MINI, de la manera más fácil. Con MINI Leasing podrás contar con el vehículo de forma rápida y conveniente, pagando un canon mensual fijo con la posibilidad de comprarlo al finalizar el plazo pactado.

VENTAJAS

  • Pagás el vehículo mientras lo usas
  • Plazos de 36 a 60 meses
  • Cuotas fijas en pesos
  • Bienes Personales: el vehículo adquirido no estará alcanzado por este impuesto durante la vigencia del contrato. 
Leasing Persona Fisica

BENEFICIOS

Más que un Leasing.

Estar en todo es acompañar a cada cliente a lo largo del camino. Porque tanto en MINI Financial Services, como en The Capita Corporation, entendemos que el leasing es más que una herramienta de financiación, es una forma distinta de hacer.

SERVICIOS COMPLEMENTARIOS PARA TU MINI

  • Protección de Cristales
  • GPS y Telemetría
  • YPF en Ruta
  • TelePase
  • Auto SPA
  • Auto Muleto
  • Alquiler Temporal

BENEFICIOS FISCALES LEASING PERSONA JURÍDICA

  • Impuesto a las Ganancias: Durante la vigencia del contrato, se otorgará el tratamiento correspondiente, y como consecuencia, la deducibilidad del canon mensual para el cómputo del impuesto.
  • Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta: No se encuentra alcanzado por este impuesto.
  • Impuesto al Valor Agregado: Diferimiento del IVA ya que se abona mensualmente, y no al momento de la compra inicial del vehículo.
Contacto
TCC